Asesoría legal en Castellón de la Plana

Especialistas en asesoramiento legal

Si está buscando profesionales solventes y fiables que le ayuden en sus cuestiones legales, no dude en consultarnos. Nuestra experiencia y conocimiento del sector y entorno nos permitirá solucionar sus demandas. 


En Olucha Procuradores ofrecemos colaboración con los órganos jurisdiccionales en la administración de justicia y defensa de nuestros representados. Ofrecemos excelente asesoría legal en Castellón de la Plana, elíjanos.

¿Qué es un procurador?

El procurador es una pieza clave en el funcionamiento de la Justicia española. Es un operador jurídico especializado en lo procesal y cuyo servicio puede describirse en dos vertientes:

 

Privada: en este caso, la meta es lograr la eficiencia del pleito.
Semi-pública: encaminada a desarrollar funciones de colaboración con la Administración de Justicia, sobre todo, en la ejecución y los actos de comunicación.


Se trata, pues, de un profesional licenciado en Derecho, liberal e independiente.

Su misión esencial consiste en la representación de las partes delante de los Órganos Jurisdiccionales, y en el deber primordial de colaborar con estos órganos en la función pública de administrar justicia. Tanto las funciones como la importancia de los procuradores han ido en aumento en los últimos años.

 

Así, la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 señala al procurador como una pieza esencial en el nuevo diseño del proceso, añadiendo que se trata de un profesional con los conocimientos técnicos del mismo, capacitado para diferentes funciones.

FUNCIONES

El procurador ejerce, de forma general, la representación en los procedimientos judiciales.

Se responsabiliza de las costas que se producen en el pleito, excepto los honorarios de los abogados y los que corresponden a los peritos.


Participa de forma activa en todos los actos y diligencias que se desarrollan. En muchos casos los letrados confían, con unas instrucciones de principio, todos los trámites a los procuradores, de forma que ellos sólo intervienen en los recursos, escritos o actos exigidos para la contradicción y la misma ley.


El procurador asume y controla todas las actividades de prueba, de ejecución, los embargos, aseguramientos, los lanzamientos, las valoraciones, subastas… además del ejercicio de los actos que conducen al buen litigio, o los de comunicación, de las cuales responde personalmente.

COMPROMISOS

Tal y como recoge la Ley de Enjuiciamiento Civil en la exposición de motivos, el legislador confía plenamente tanto en los procuradores como en sus colegios para obtener la tramitación de los procesos sin dilaciones indebidas. Así y con carácter exclusivo, la comunicación a las partes personadas en un proceso se efectuará siempre a través de los procuradores y de los servicios de notificaciones de los colegios.
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Los procuradores mantienen su firme compromiso en la difícil tarea de conseguir una Administración de Justicia rápida y eficiente para todos los ciudadanos. Para ello, no adoptan una postura conformista sino que reclaman aquello que recogen los tres documentos considerados como pilares fundamentales para la reforma de la Justicia en nuestro país (Libro Blanco de la Justicia del CGPJ, Ley de Enjuiciamiento Civil y Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia): potenciar las funciones del procurador, impulsando una mayor participación en los actos de comunicación y modernizando los sistemas de notificación a través de la vía telemática.

Catálogo de servicios

El Procurador de los Tribunales representa a su cliente y es el que gestiona la comunicación con el juzgado, pues recibe las notificaciones mientras dura el proceso.

 

Es, un profesional del derecho que proporciona a sus clientes, bien sean personas físicas o jurídicas, su ayuda profesional de muchas maneras, puesto que, por suerte o por desgracia, la mayor parte de las personas, bien sea de forma personal o por pertenecer a una mercantil, en algún momento de su vida, se ven envueltas en procesos judiciales, bien sean: civiles, penales o mercantiles.


En todos esos casos, nuestros clientes, necesitan conocer cómo se va a desarrollar el procedimiento en el que se van a ver inmersos, y que incluso puede marcar su futuro tanto a nivel personal como profesional.


Así pues, tanto el letrado que vaya a dirigir el procedimiento, como el cliente, podrán recibir en todo momento de su Procurador, una detallada y continuada información del momento procesal en que se encuentra el mismo, así como estarán al corriente de los plazos y/o señalamientos que para cada actuación procesal se acuerden; así como, será también el Procurador el encargado de recibir prácticamente la totalidad de las comunicaciones del juzgado en nombre de su cliente, y de vigilar para que el procedimiento pueda agilizarse, y su tramitación no se dilate en el tiempo, dando el oportuno impulso procesal.


En definitiva, el Procurador, pues, garantiza la comunicación en tiempo y forma y la rapidez de la tramitación de los procedimientos, todo ello dentro de lo que la Ley le permite, y para ello, cuenta con la ayuda de la tecnología y modernización gracias a la implantación de LexNET y a la firma digital, pero sobretodo cuenta con su buen hacer profesional.

Resumen de las funciones diarias de un Procurador

  • Representar procesalmente a los litigantes ante los Juzgados y Tribunales (siguiendo el proceso y estando pendiente de todos sus trámites, mientras siga vigente su poder de representación).

  • Presentar ante el Decanato, todos los escritos y demandas que el letrado redacta, en cada uno de los órdenes jurisdiccionales.

  • Redactar demandas en algunos casos, bien a petición del letrado o bien a petición del cliente, en los supuestos en los que no sea preceptivo el letrado.

  • Redactar y presentar los diversos escritos necesarios para el impulso del procedimiento en todos sus trámites procesales (personación, aportación de poderes, proposición de pruebas, solicitud de suspensión del procedimiento, solicitud de suspensión de la vista por imposibilidad del cliente o del procurador, solicitud de archivo por satisfacción extraprocesal o por haber alcanzado un acuerdo, solicitud de desistimiento, solicitud de tasación de costas y solicitud de liquidaciones de intereses, allanamientos, petición de desglose, solicitud de testimonios, petición de averiguación de domicilio de la parte adversa, petición de embargos de bienes titularidad de la parte demandada y su aseguramiento, petición de averiguación patrimonial, depósitos, remociones de depósitos, lanzamientos, posesiones, cesión de remate, cesión de crédito, tacha de testigos, aportación de resguardos de ingreso de consignaciones, cauciones, depósitos y un largo etcétera, siguiendo las instrucciones de su letrado).

  • Enviar todas las copias de los escritos, documentos y resoluciones que le notifiquen al abogado y, en su caso, al cliente.

  • Trasladar los escritos de su representado a los Procuradores de las demás partes personadas en autos, en virtud de lo establecido en los artículos 276 y siguientes de la LEC.

  • Realizar innumerables gestiones con los distintos funcionarios que tramitan cada uno de los procedimientos, o bien, con el Secretario Judicial o el Juez, aclarando cuestiones o dudas, subsanando errores, y en definitiva, recordando se le de el impulso procesal al expediente para así agilizar su tramitación.

  • Recibir telemáticamente las notificaciones vía LexNET.

  • Recibir y firmar emplazamientos, citaciones, requerimientos y notificaciones de toda clase, incluso de las sentencias y de su ejecución.

  • Comunicar inmediatamente al juzgado o tribunal la imposibilidad de cumplir con alguna actuación o trámite procesal.

  • Controlar el cómputo de plazos y vencimientos, recordando al letrado los mismos, así como las fechas de las vistas, juicios y comparecencias señaladas.

  • Intervenir en la celebración de las subastas, bien físicamente o bien a través del Portal de Subastas Electrónicas.

  • El asistir personalmente a todas las diligencias y comparecencias, en las que sea requerido mientras dure el pleito.

  • Posibilidad de realizar personalmente, las diligencias de notificación, emplazamiento y citación a la parte/s demandada/s al amparo de lo establecido en el artículo 152 LEC, siguiendo las oportunas instrucciones del letrado director del procedimiento.

  • Personarse físicamente, a diario en la sede judicial para recibir las notificaciones que sean en papel, presentar escritos y/o demandas y realizar las oportunas copias.

  • Informar al abogado director de la causa, de la marcha del proceso.

  • Tramitar los despachos que se expidan por el órgano judicial correspondiente, dirigidos a los distintos organismos públicos, personas físicas, entidades mercantiles y/o entidades financieras…

  • Tramitar los mandamientos que libre el Juzgado dirigidos a Notarios, o registros públicos como los Registros de la Propiedad, Registros Mercantiles, Registros de Bienes Muebles...

  • Tramitar los exhortos que un juzgado dirija a otro órgano judicial, encargándose de cuidar de su curso y gestión

  • Publicar Edictos y anuncios oficiales en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Comunidad correspondiente o en su Diario Oficial, y en los periódicos nacionales o locales.

  • Dirigirse a los Registros públicos a fin de localizar posibles bienes del ejecutado para su posterior embargo, siempre que esté debidamente facultado para ello por el poderdante mediante poder especial y disponga de provisión de fondos para ello.

  • Puede ser nombrado depositario de los bienes muebles embargados. Dicha función también puede ser desempeñada por los Colegios Profesionales de los Procuradores siempre que dispongan de un servicio adecuado para asumir dicha responsabilidad.

  • Contratar los servicios del cerrajero para la práctica de diligencias de lanzamiento.

  • Acompañar a la Comisión Judicial a las diligencias señaladas.

  • Tramitar y pagar las tasas judiciales, y ello, en el ejercicio de su función de colaborador social de la Agencia Tributaria, bien telemáticamente o bien personándose en las entidad bancaria para el abono por cuenta de su poderdante.

  • Tramitar y pagar los depósitos legalmente exigidos para la interposición de los distintos recursos (bien telemáticamente o mediante su ingreso personándose físicamente en la sucursal del Banco de Santander).

  • Ingresar en el Banco de Santander las sumas que el cliente deba consignar en la cuenta judicial y, en su caso, su posterior acreditación ante el Juzgado o tribunal.

  • Pagar todos los gastos causados a instancia de su representado, una vez ha recibido la provisión de fondos de éste, salvo el pago de los honorarios de los abogados y peritos (a excepción del supuesto en el que el cliente hubiese otorgado provisión de fondos para el abono de estos).

  • Colaborar con el mantenimiento del Colegio Profesional al que pertenezca, mediante el pago de las correspondientes cuotas fijas y variables.

  • Cumplir con su deber de colaborar con la justicia.

  • Y en definitiva, velar siempre, por la defensa de los intereses de su cliente.


El Procurador de los Tribunales, en su trabajo cotidiano, realiza diariamente todas estas funciones que acabamos de enumerar, y además, por su formación y su experiencia, no solo conoce el procedimiento y la legislación aplicable, sino que también conoce la costumbre jurídica del Tribunal, lo que agiliza siempre el proceso.

¿Qué es la Mediación?

Es un método que permite a los ciudadanos gestionar o resolver sus discrepancias y conflictos de forma pacífica, dialogada y satisfactoria. El método implica la participación de un Mediador neutral, cualificado y ajeno al conflicto. La figura del mediador es clave, ya que es quien ayudará a identificar el conflicto y a encontrar la solución más adecuada.

Manual de mediación

¿Cuándo se puede acudir a la Mediación?

Para acudir a la mediación no es necesario que exista un procedimiento judicial abierto. En cualquier situación que surja un problema o incluso en prevención de un conflicto (o en cumplimiento de lo pactado o impuesto por sentencia), cualquier ciudadano podrá solicitar la mediación.
En el caso de que exista un procedimiento judicial ya abierto se tratará de una mediación intrajudicial que no suspende ni dilata el curso del proceso, ya que es más rápido que los propios señalamientos del Juez.

¿Qué ventajas tiene la Mediación?

  • Rapidez: los plazos los fijan las partes.
  • Voluntariedad: cualquier implicado puede abandonar el procedimiento en cualquier momento.
  • Confidencialidad: nadie podrá difundir información sobre lo que se trata en las sesiones ni utilizar la documentación que se aporta.
  • Flexibilidad: se adapta a las necesidades de cada caso.

¿Quiénes son los mediadores del ICP Castellón?

Son procuradores colegiados con el perfil idóneo y capacitados para atender las demandas de este método alternativo y, a su vez, complementario al judicial. Además de su formación como procuradores, estos profesionales han recibido una formación adecuada y homologada y se encuentran válidamente inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.

Solicite nuestros servicios. Llámenos al:
964 204 863